Esta semana, tres periodistas han sido llamados a declarar en un proceso judicial contra una persona acusada de calumnia. El imputado goza de libertad condicionada; sin embargo, en recientes y supuestas declaraciones a la prensa, parece que ha hecho uso de nueva cuenta de argumentos falsos para referirse a una persona. Como defensa, el imputado asegura no haber otorgado declaraciones a los medios, razón por la cual los periodistas han sido citados a declarar.
Este hecho ha reactivado en el gremio periodístico el debate sobre la procedencia o no de la participación de comunicadores dentro de procesos judiciales. Debido a la práctica profesional, el contexto en el que desarrollan su trabajo y las condiciones de inseguridad que podrían representar ciertas actuaciones, los periodistas suelen arrogarse el derecho pleno a no participar en estas diligencias.
Sin duda, la participación de reporteros en procesos judiciales amerita un análisis cuidadoso. En primer lugar, es necesario recordar que antes que periodistas son ciudadanos y, por tanto, tienen la obligación de colaborar en los procesos. En segundo lugar, dadas las condiciones de su labor, ya la regulación establecida en el Código Procesal Penal salvadoreño estipula el derecho de abstención de parte de los periodistas para rendir declaración dentro de un proceso judicial. No obstante, el artículo 187 A señala que el ejercicio de este derecho es optativo para los comunicadores, pues ha sido concedido como un mecanismo de salvaguarda profesional. Así, se deja a discreción de cada periodista la invocación y amparo en este derecho al momento de colaborar con la justicia.
De lo anterior se deriva que la participación de periodistas en procesos como estos no abriría la puerta a posibles vulneraciones de la libertad de expresión, pues siempre existe la opción del informador a negarse a declarar (aunque debe cumplir con la obligación de presentarse ante las autoridades).
Además de lo establecido en la regulación, habría que distinguir la razón por la cual estos profesionales pueden ser sujetos de participación en un proceso como este. Por ejemplo, cuando estos son requeridos como peritos, por capacidades y experticia, su papel es no solo importante para el proceso, sino que pueden ser cruciales sus aportes al mismo.
En el caso referido al inicio, los periodistas y su método de trabajo no han sido los cuestionados. Más bien se trata de comprobar la existencia de las declaraciones que el imputado realizó y que asegura nunca haber brindado a los medios de comunicación. Por tanto, los periodistas deben colaborar mostrando los medios técnicos por los cuales adquirieron las declaraciones, y no corroborar si lo que el imputado manifestó es veraz.
A manera de reflexión, más allá de considerar que el derecho de abstenerse de declarar brinda una especie de inmunidad al gremio periodístico, como la mayoría de comunicadores considera, es necesario reparar en el tipo de casos en los cuales los periodistas son requeridos como parte de un proceso judicial. Ya cada periodista valorará su colaboración. La cuestión es que la base de sus razonamientos para tomar la decisión de colaborar o no deben ser argumentos válidos, y no el encaprichamiento de negarse por negarse.