Aunque la preparación de las elecciones de diputados y concejos municipales, a realizarse el 4 de marzo de 2018, incluye otros procesos, el escrutinio en las mesas de votación constituye la prueba definitiva para que los resultados no sean cuestionados. Si bien es cierto que la transmisión de resultados contribuye a la transparencia del proceso, poco o nada serviría un buen sistema de transmisión si las actas de escrutinio tienen errores. De allí que se vuelva crucial la integración de las Juntas Receptoras de Votos (JRV) y su capacitación para cumplir adecuadamente con su función.
El Código Electoral establece que para la integración de las JRV, los partidos políticos deben remitir al TSE sus propuestas de ciudadanos que integrarán tales organismos 120 días antes del evento electoral (CE, Art. 99). El TSE ha de nombrar las JRV 60 días antes de la jornada electoral (CE, Art.100). Y, para ser miembro de las JRV se requiere, entre otros, haber sido “previamente capacitados y acreditados” por el TSE (CE, Art.101). Aquí comienza el problema: ¿cuándo se llevará a cabo esa capacitación previa y cuántos han de ser capacitados?
En un programa de televisión, el Magistrado presidente del TSE anunció que planeaban capacitar a los miembros de las JRV incluso antes de que estuvieran nombrados. Al anunciarlo así probablemente pretendía dar la impresión que el TSE tiene bajo control este proceso pese al recorte presupuestario y su impacto en este asunto. Pero, por lo establecido en el artículo 101 del Código Electoral se trataría más bien de hacer las cosas como lo establece la ley. Esta no dice que luego de ser nombrados los miembros de las JRV reciban capacitación. Al contrario, ha quedado establecido que es requisito que sean capacitados y acreditados por el TSE para ser miembros de las JRV. La capacitación y acreditación aparece como algo previo.
El TSE tiene que esperar a que los partidos envíen sus propuestas de integración de JRV. De allí en adelante aquel tiene 60 días para capacitar y acreditar. ¿Será esto posible? Tómese en cuenta que el TSE debe revisar el cumplimiento de requisitos de ley en esas propuestas de los partidos. Incluso podría darse el caso que el TSE tenga que completar con propuestas propias la integración de las JRV. ¿De dónde va a escoger ciudadanos el TSE para llevar a cabo esta función electoral? ¿No debería anticiparse la fecha límite para que el TSE disponga de más tiempo para la capacitación? ¿No debería el TSE establecer una alianza estratégica con las organizaciones sociales e instituciones interesadas en la calidad de la gestión electoral para llevar a cabo esta crucial tarea?