Desplazados e invisibilizados

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Editorial UCA
18/07/2016

La violencia se vive con crudeza en las comunidades pobres, en las que el Estado tiene menor presencia. A ella recurren para ejercer control tanto el crimen organizado como las pandillas. Y esta es una realidad que afecta a diario a miles de personas. La elaboración del Plan El Salvador Seguro y las diferentes y sucesivas medidas implementadas por los Gobiernos desde los años noventa para combatir la violencia dan cuenta de la importancia y presencia del tema en la vida nacional. Por tanto, no es invento ni producto de afán malintencionado decir que en El Salvador existe una situación de violencia generalizada, que provoca que cientos de familias abandonen sus hogares.

El Consejo Noruego para Refugiados, en su informe del año 2015, señala que poco más de 288 mil personas han sufrido desplazamiento forzado en nuestro país. Según la ONU, el año pasado, Estados Unidos recibió 12,959 solicitudes de refugio de parte de salvadoreños, y las solicitudes recibidas en Canadá, Australia y Europa suman 557. Durante 2014, Nicaragua, Costa Rica y Panamá otorgaron el estatuto de refugiado a 1,241 de nuestros compatriotas. Que el Gobierno no reconozca oficialmente este fenómeno en toda su dimensión es problemático por varias razones.

En primer lugar, porque no se establecen los mecanismos necesarios para que el Estado cumpla con su obligación de atender y proteger a las personas que abandonan sus domicilios a la fuerza, huyendo de la violencia. La aplicación de los principios rectores de la ONU para atender los desplazamientos internos compromete al Estado a brindar ayuda humanitaria de emergencia a las poblaciones afectadas, así como a velar por su derecho al reasentamiento y reintegración en sus lugares de origen en condiciones que garanticen el respeto la vida y la integridad física.

En segundo lugar, porque al invisibilizar la situación o al no asumirla en su dimensión real (en lo que significa en cuanto a costo de vidas, sufrimiento, conculcación de derechos), los países vecinos y la comunidad internacional en general no comprenden la magnitud de la violencia de nuestro país y que esta se ha convertido en una de las principales causas de desplazamiento interno y emigración. Ligado con lo anterior, si el Gobierno reconociera la problemática, a los desplazados se les haría más fácil solicitar el estatuto de refugiado en los países de acogida. Y de lograr dicho estatus, se les aplicaría un régimen jurídico especial y tendrían acceso a beneficios importantes, que en su conjunto constituyen lo que se conoce como la “protección internacional de los refugiados”.

El Salvador no acepta que algunos de sus ciudadanos puedan requerir la condición de refugiados porque está apegado a una normativa de 1951. En esta se estipula que solamente puede considerarse como tal a las víctimas de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social o por sus opiniones políticas. Ciertamente, esas razones, que en los ochenta obligaron a muchos salvadoreños a solicitar refugio, ya no tienen lugar. Pero la comunidad internacional ha avanzado mucho desde entonces. En 1984, en la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados se añadió que podrá ser considerado refugiado todo aquel que huye de su país por amenazas indiscriminadas, y una de ellas es la violencia generalizada.

Hasta la fecha, pese a todas las evidencias, la única instancia estatal que ha reconocido y denunciado la problemática del desplazamiento forzado es la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos. El Gobierno ha dicho que para pronunciarse está a la espera de los resultados de un estudio sobre el tema. Ojalá esa investigación esté a la altura de una situación tan dura y dramática, y lleve a que tanto el Gobierno como la sociedad en general tomen consciencia de que no se ha hecho lo necesario para proteger y asistir a los miles de compatriotas que huyen de la violencia.

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