Usura legalizada

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Editorial UCA
03/03/2014

"Usura" es un término peyorativo para referirse, en general, a los intereses de un préstamo o cuando estos se perciben como desmesurados o excesivamente altos. Aunque en el pasado se entendió por usura prestar dinero a interés, hoy se refiere a conceder un crédito con un interés muy alto. En muchos países se regula esta tasa para evitar que los prestamistas, sean del tipo que sean, se aprovechen de las necesidades de la gente prestando dinero a tasas excesivas. Dado que el monto de una tasa de interés depende de las circunstancias económicas nacionales, del costo de la transacción financiera y del riesgo que implica prestar dinero a una determinada persona o para una determinada actividad, cada país, de acuerdo a todo eso, debe definir cuál es la tasa aceptable para cada una de las actividades económicas y para cada tipo de crédito.

Es importante señalar que las empresas financieras ofrecen tasas muy diferentes cuando se trata del ahorro. Es una práctica común que la tasa que se ofrece al ahorrante por su dinero sea menor que la se aplica para prestar dinero, y es una buena práctica que exista una relación entre ambas. Es lógico pensar que la tasa que se ofrece al ahorrante debe tomarse en cuenta al definir la tasa aceptable para los créditos, pues de algún modo la tasa que rinden los ahorros define el valor del dinero para la población. El Salvador, hasta hace poco, no contaba con una regulación de las tasas de interés para los créditos, lo cual, sin duda, supuso que se cometieran muchos abusos y que se cobraran tasas excesivas. A pesar de que la Ley contra la Usura se aprobó en diciembre de 2012, las empresas financieras siguen cobrando demasiado, especialmente a la gente más pobre y necesitada.

Más de un año después de haberse aprobado, se puede decir que la Ley contra la Usura no ha tenido el efecto esperado; en El Salvador, persisten las tasas leoninas. Y estas no solo son aplicadas por personas inescrupulosas que actúan al margen de la ley, prestamistas particulares a los que se recurre en caso de gran necesidad y suma urgencia. En el país, también prestan dinero con tasas de usura las empresas legalmente constituidas y reguladas por el Banco Central de Reserva. Esto quedó de manifiesto al aprobarse la Ley contra la Usura. Por ende, podemos concluir que esa normativa no combate la usura, sino que la ha legalizado.

Y esto ha sucedido porque está mal planteada: no fija una tasa máxima a partir de lo que se podría considerar aceptable y teniendo en cuenta la que los bancos ofrecen para el ahorro. La Ley parte de la práctica habitual de las empresas financieras que ofrecen créditos, y define como tasa de referencia la tasa efectiva promedio que estas ofrecen en el mercado. Al partir de la práctica real, en la que los bancos más grandes cobran altísimas tasas de interés, el resultado ha sido que las tasas de referencia son en sí mismas de usura. Por ejemplo, las tasas de interés máximas legales, vigentes del 3 de febrero al 31 de julio de este año, son de 181.39% para los pequeños créditos de consumo y de 189.66% para los microcréditos. Ambas, más de 60 veces superiores a las que pagan por el dinero de los ahorrantes.

Cobrar en intereses casi el doble de la cantidad prestada es a todas luces excesivo y propio de la usura. Y nos motiva a exigir la pronta modificación de la Ley contra la Usura, para que cambie la forma en que se define la tasa máxima legal y se proteja a los más pobres de la avaricia de las empresas financieras, que hoy, con esas tasas, están violando el artículo 101 de la Constitución, que consigna que el orden económico debe responder esencialmente a principios de justicia social y que es obligación del Estado defender el interés de los consumidores.

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Anónimo
09/03/2015
12:50 pm
Es necesario que se revise esta ley para que verdaderamente se beneficio a los mas pobres , por que esas tasas legalmente avaladas por el BCR SON DE USURA
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Anónimo
28/05/2014
20:20 pm
es lesiva la compraventa con pacto de retroventa y por que
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