Una misión inviable

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12/05/2020

El 26 de marzo de 2020, la Asamblea Legislativa aprobó el decreto legislativo 608, que autorizó al Gobierno, a través del Ministerio de Hacienda, a gestionar recursos, por medio de la emisión de títulos valores o la adquisición de créditos, hasta por un monto de dos mil millones de dólares (art. 1), para crear el Fondo de Emergencia, Recuperación y Reconstrucción Económica ante los efectos de la pandemia de covid-19 (art. 2).

El decreto también estipuló la creación de un Comité encargado “de la dirección y supervisión de todas las actividades de dicho Fondo”, con la facultad de proponer al Ejecutivo un presupuesto extraordinario para su aprobación y posterior presentación a la Asamblea. El Comité administraría dicho presupuesto una vez fuera aprobado por los diputados (art. 12). En el decreto se incluyó a la UCA, junto a otras cuatro instituciones de la sociedad civil y seis representantes del Ejecutivo, para ser integrantes del Comité (art. 13).

Por su compromiso con el pueblo salvadoreño, con la honestidad y con la verdad, la UCA asumió ese reto, a propuesta de los partidos políticos con representación en la Asamblea Legislativa. Consciente de lo que significaba y de los riesgos que ello implicaba, pero con la esperanza de que nuestra participación ayudara al manejo honesto y probo de los recursos, en beneficio de los sectores más vulnerables de la sociedad, según lo señalado en el decreto, y con el objetivo de que la asignación y uso de los recursos respondieran al rigor técnico.

Sin embargo, desde el inicio del funcionamiento del Comité, el 30 de marzo, advertimos una serie de obstáculos que hacían prácticamente inviable cumplir con la misión para el que fue creado. Entre dichos obstáculos, destacan los siguientes: (1) las transferencias monetarias; (2) la reforma al decreto legislativo 608; (3) la falta de información; y (4) el irrespeto a la institucionalidad.

 
1. Programa de transferencias monetarias

Desde la primera reunión expresamos que debían eliminarse aquellas competencias que el decreto legislativo le atribuye al Comité, pero sobre las cuales el Gobierno ya había tomado decisiones. En concreto, que se eliminara la función de “aprobar el programa de transferencias monetarias, las características de las personas beneficiarias y los criterios de distribución y la forma de entrega” (art. 14, b). Este programa ya había sido diseñado y comenzado a implementarse antes de que el Comité entrara en funcionamiento, no teniendo este ninguna participación en el mismo.

Lo mismo cabe decir de otras erogaciones decididas por el Gobierno sin contar con el Comité, como la renovación y construcción de la red hospitalaria que serán cargadas al Fondo de Emergencia; la entrega de semillas y abonos; y las canastas básicas, cuyo reparto recién ha iniciado.

 
2. Reforma al decreto 608

Señalamos que no era viable que el Comité realizará la tarea de administración (arts. 12 y 14) del Fondo, dado que la administración le corresponde al Gobierno y que el papel de las organizaciones de la sociedad civil es más bien de contraloría social. La parte gubernamental estuvo de acuerdo con esa observación y se trabajó, a lo largo de varias reuniones, la propuesta de reforma consensuada al decreto legislativo, con el fin de adaptarlo a las posibilidades reales del Comité.

El 22 de abril se encomendó a la parte gubernamental presentar esta propuesta consensuada de reforma a la Asamblea Legislativa. Sin embargo, el 24 de abril, representantes del Gobierno presentaron de manera unilateral una propuesta de reforma muy distinta a lo acordado. En esa nueva propuesta, el artículo 11 distribuía los dos mil millones de dólares en tres rubros: $600 millones para las municipalidades, $450 millones para las transferencias monetarias de $300 por familia (que ya fueron hechas) y $950 millones para cubrir las deficiencias de ingreso en el Presupuesto General del Estado 2020 generadas por la emergencia de covid-19.

De ese modo se dejaron fuera otros destinos que establece el decreto legislativo 608, como un fondo de liquidez para las micro, pequeñas y medianas empresas afectadas por la emergencia; financiamiento para los productores agrícolas de granos básicos y al sector agropecuario; y un programa de subsidio para el pago de planilla de empleados afectados por la declaratoria de emergencia y la cuarentena nacional. Además, la propuesta gubernamental también define los rubros en los que las municipalidades deben invertir los recursos, sin contar con la aprobación del Comité.

Esta propuesta de reforma no consensuada en el Comité fue considera por las organizaciones de la sociedad civil una falta de ética y una deslealtad a lo acordado.

 
3. Falta de información para realizar la tarea de contraloría social

Hasta la fecha y después de varias reuniones, el Comité no ha tenido la posibilidad de tomar decisiones en el destino de los fondos ni en los criterios de uso de los mismos por parte de las autoridades. A pesar de que se le solicitó a la parte gubernamental un plan detallado de trabajo y una hoja de ruta para atender la pandemia por sector, así como los lineamientos para determinar prioridades en la asignación de los recursos, nunca se proporcionó esa información.

Tampoco se ha entregado el detalle de la metodología empleada para la asignación y distribución de las transferencias monetarias a las familias, lo cual fue solicitado por las instancias de la sociedad civil en el Comité debido a que esos recursos saldrán del Fondo de Emergencia. Asimismo, no se ha podido discutir ni aprobar en el seno del Comité los términos de referencia para contratar a una empresa auditora encargada de controlar el uso del Fondo, ni se ha recibido un informe oficial del estatus de la gestión de fondos realizada por el Gobierno, información indispensable para tomar decisiones de asignación.

Todo ello ha imposibilitado construir un presupuesto extraordinario para el Fondo, con el fin de que el Ejecutivo lo presente a la Asamblea Legislativa para su aprobación, tal y como lo establece el decreto legislativo 608.

 
4. Irrespeto a la institucionalidad

Por otra parte, y eso es fundamental para la UCA, el Gobierno de la República ha emitido una serie de decretos ejecutivos que irrespetan resoluciones de la Sala de lo Constitucional y que riñen con el respeto a derechos humanos fundamentales de la población; actuaciones contrarias a los valores y principios promovidos y defendidos por la UCA desde siempre.

Agradecemos a la Asamblea Legislativa haber confiado en nosotros como una de las instituciones garantes de la contraloría. Agradecemos las múltiples muestras de apoyo y de confianza expresadas por diversas personas e instituciones cuando decidimos aceptar este compromiso. Agradecemos a los representantes del Gobierno en el Comité, quienes mostraron cordialidad, apertura y respeto a nuestros planteamientos. Sin embargo, las actuaciones del Ejecutivo han demostrado que el Comité nunca fue el lugar donde se tomaban las decisiones sobre la emergencia y los recursos destinados a la misma.

Sin la colaboración decidida del Ejecutivo, la misión encomendada al Comité es irrealizable para las organizaciones de la sociedad civil, al igual que los objetivos que nos planteamos como universidad al aceptar el reto de ser parte de esta tarea. Por esta razón, decidimos retirarnos de la instancia y solicitar a la Asamblea Legislativa la reforma del decreto 608, para cambiar la composición del Comité.

 
Antiguo Cuscatlán, 12 de mayo de 2020

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