Juan Carlos tiene 21 años y estudia la Licenciatura en Mercadeo. Cuenta que en el colegio copiaba sus trabajos e investigaciones académicas de Internet y que esa práctica nunca le causó problemas; sus profesores no se daban cuenta y él se mal acostumbró a hacerlo. Cuando entró a la Universidad, el joven ignoraba que esto está prohibido, hasta que un catedrático le reprobó la materia por plagio. Como él, hay muchos estudiantes de la UCA que todavía no están conscientes de qué es permitido y qué no en su vida universitaria. Peor aún, se dan cuenta de que existe el Reglamento de Faltas y Sanciones Estudiantiles hasta que se les presenta un problema y son sancionados.
El objeto de dicho reglamento es establecer el régimen disciplinario de los estudiantes dentro del recinto universitario. Cabe resaltar que el desconocimiento de la normativa no exime al alumno de su responsabilidad por cualquier infracción cometida. De ahí la importancia de que todos los estudiantes estén al tanto de su contenido, pues de ese modo podrán avanzar en su carrera sin tropiezos ni problemas derivados de conductas impropias.
En este sentido, y con el fin de que toda la comunidad estudiantil esté debidamente informada, a cada alumno se le entrega una copia del reglamento cuando se matricula en la Universidad. No obstante, como afirma Laura Sa, jefa de Registro Académico, "la gran mayoría no lo lee o lo pierde (...), lo que incrementa el número de infracciones cometidas por desconocimiento".
En el documento, las faltas están catalogadas en leves y graves. Y ambas ameritan sanción. Entre las infracciones de menor grado están efectuar colectas con fines personales o comerciar productos sin autorización; estacionar vehículos en zonas prohibidas; desatender las instrucciones de los vigilantes; irrespetar de forma verbal o escrita, o acosar a cualquier miembro de la comunidad universitaria; e interferir en el desarrollo de la cátedra u obstaculizar la libertad de expresión del docente o estudiantes.
Faltas graves son, por ejemplo, arrogarse atribuciones en nombre de la UCA; hurtar, robar, apropiarse o retener los bienes institucionales o de cualquier miembro de la comunidad; conducir vehículos de forma imprudente; alterar o falsificar documentos oficiales; cometer actos contrarios a la moral dentro del recinto; portar cualquier tipo de arma; introducir, comercializar o ingerir drogas en el campus; presentase en estado de ebriedad o bajo efectos de drogas; cometer fraudes en las evaluaciones por medios como solicitar, recibir o dar ayuda para resolver un examen; cometer plagio o citar sin detallar la fuente; y alterar el nombre, nota o respuestas de pruebas para reclamar una calificación mayor.
Asimismo, las sanciones disciplinarias están en correspondencia con la importancia y las circunstancias de la infracción cometida. Para faltas leves, amonestación verbal o escrita, y prestación de servicios comunitarios no remunerados por un período determinado. Para faltas graves, otorgar la nota mínima (cero) a la evaluación o prueba en que se comete fraude; anulación de pruebas o exámenes; cancelación de las asignaturas inscritas; multas e indemnización por daños materiales; suspensión temporal; y expulsión definitiva de la Universidad.
En primera instancia, los casos de infracción llegan al decanato respectivo, donde el decano evalúa la gravedad de la falta y, según reglamento, determina la sanción correspondiente. De haber disconformidad con el veredicto por parte del estudiante, este puede apelar al consejo de facultad para que valore el caso. Si persiste el desacuerdo, el caso es presentado a la Vicerrectoría Académica o, en última instancia, a Rectoría, donde se resuelve en forma definitiva. No obstante, según la naturaleza de la transgresión, la aplicación del reglamento también puede ser competencia de los directores de programas de postgrado y directores de de programas de extensión universitaria.
En caso de dudas o preguntas sobre el Reglamento de Faltas y Sanciones Estudiantiles, puede escribirse a Registro Académico: regacad@uca.edu.sv