Amantes de la Constitución

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Editorial UCA
13/06/2012

En estos últimos días se ha hablado mucho de la Constitución. La interpretación compleja que del máximo cuerpo legal ha hecho la Sala de lo Constitucional sobre la elección de magistrados de la Corte Suprema de Justicia ha elevado los tonos políticos en la Asamblea Legislativa. Y por supuesto, todo el mundo manifiesta su profunda fidelidad a la Constitución, y acusa al contrario de violarla. Sin embargo, en nuestro país, la cultura constitucional no solo es baja, sino claramente deficiente. El presidente Flores, por poner un ejemplo, salía del país en un helicóptero propiedad de una connotada familia de empresarios salvadoreños para ir de cacería a Nicaragua. Y lo hacía sin permiso de la Asamblea, violando de esta manera el artículo 158 de la Carta Magna. Obligación constitucional de todos los presidentes es "cumplir y hacer cumplir la Constitución, los tratados, las leyes y demás disposiciones legales". Pero cuando el presidente Funes se atrasa en cumplir la disposición legal que lo obliga a nombrar a uno de los miembros del Tribunal de Ética Gubernamental, parece que no hay problema. Ese atraso, que es ya de por sí un incumplimiento de plazos legales, ¿no nos dice también que hay poco respeto por ese cumplir "las leyes y demás disposiciones legales" a las que obliga la Constitución?

Pero la cosa no queda ahí. La Constitución, en su artículo 38, habla de la indemnización universal como un derecho de todos los salvadoreños al abandonar libremente un trabajo. Y pide que se determinen los montos económicos de la misma con una ley secundaria. Desde 1983, es decir, desde hace 29 años, los diputados no han tenido tiempo para hacer efectivo a través de la ley un derecho constitucional explícito. Probablemente, no han oído decir que la Constitución se puede violar por omisión de deberes. Si lo supieran, sabrían que, respecto al mencionado artículo 38, todos los diputados desde 1983 hasta la legislatura que terminó este año han violado por omisión la Constitución. Porque un derecho constitucional, que va acompañado en la Carta Magna por un mandato de hacer eficaz ese derecho a través de una ley secundaria, debe ser obedecido en una legislatura, y no en el lapso de 30 años. De la misma manera, la Constitución, en su artículo 17, da el derecho a los ciudadanos de ser indemnizados cuando sus casos judiciales sufran retardo. Y ordena que los diputados legislen al respecto. Pero estos violadores consuetudinarios de la Constitución parece que nunca han leído este artículo. Por supuesto, en este caso tendrían el apoyo de la Corte Suprema de Justicia, pues pocas instancias judiciales tienen tanto retardo como algunas salas de la máxima magistratura del país.

Y que congele sus esperanzas quien piense que el nuevo comité de ética legislativa, recién instalado en la Asamblea, puede tratar estos temas. Porque los diputados han decidido que en este grupo esté Rodolfo Parker, acusado por la Comisión de la Verdad de encubrir a los autores intelectuales del asesinato de los jesuitas. ¿Cómo es posible que el FMLN haya dado su consentimiento, sin protestar, a esta persona, que ni siquiera cumple los requisitos para ser diputado? En su artículo 126, la Constitución indica que para serlo se requiere "notoria honradez". ¿Es un signo de notoria honradez figurar en el informe de la Comisión de la Verdad como encubridor de crímenes? Si los diputados quisieran realmente aprender un poco más de teoría jurídica, en vez de convocar a exmagistrados paniaguados que en su tiempo contribuyeron decididamente a maltratar la Constitución, deberían citar a las universidades, para que estas sentaran posición sobre las sentencias de la Sala de lo Constitucional y, desde ahí, comenzar un debate serio sobre el cumplimiento o incumplimiento de la Constitución en todos los niveles.

Los diputados y los magistrados de la Corte que han protestado contra los dictámenes de la Sala de lo Constitucional solo apelan a la Constitución cuando una interpretación de la misma los afecta personalmente. Pero si su indolencia, pereza o irresponsabilidad los convierte en violadores de derechos ciudadanos constitucionales, su silencio es demasiado elocuente. En vez de rasgarse las vestiduras frente a la Sala de lo Constitucional, no estaría de más que leyeran de nuevo la Constitución con ojos inteligentes y descubrieran las excesivas violaciones y olvidos que hasta ahora han gozado del ojo pacho de legisladores y de jueces. Transgresiones que no los perjudican, porque tienen buenos salarios y prebendas, pero que sí privan a muchos ciudadanos salvadoreños de sus derechos constitucionales.

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Anónimo
18/06/2012
09:20 am
Pienso que en nuestro país sino se respeta las Leyes de la Républica, tampoco se va a respetar La Ley FUNDAMENTAL; como lo constituye la Constitución que es nuestra mayor referencia.
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Anónimo
14/06/2012
07:41 am
Muy interesante y, hasta podríamos decir, muy convincente dada la hipótesis de la cual se parte. Prima facie no podemos pasar en silencio este comentario sin certificar compartir muchas afirmaciones que en él se fabrican, pero tampoco dejamos de advertir el matiz de evidente seducción y apoyo a las últimas decisiones polémicas de Sala Constitucional que el artículo festeja. Como lo dice su título, quienes “amamos la Constitución” sabemos que algunas de las hipótesis sobre las cuales se afinca el artículo son aplicables, inversa pero directamente, en contra de la honorable Sala cuyos fallos admira. Tristemente no contamos con los caracteres proporcionales a su publicación para hacer una relación descriptiva de nuestra posición académica, no tan positiva como la suya, de algunos de sus fallos, pero s&i
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Anónimo
13/06/2012
15:36 pm
No hay ningun comentario. Y de esa manera siempre hemos sidos gobernados. Para ellos primeramente están sus propios beneficios antes de las necesidades del pueblo. Es nefasto saber todas las violaciones a la constitución
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