En busca de impunidad

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Editorial UCA
21/07/2017

La Asamblea Legislativa vuelve a ser objeto de críticas por sus actuaciones. Aunque la reforma al Fideicomiso de Obligaciones Previsionales, que por segunda vez subió el límite de los Certificados de Inversión Previsional, elevándolo al 50%, ha generado enorme disgusto, más reacciones adversas y rechazo ha suscitado la reforma a la Ley de Extinción de Dominio, un instrumento de política criminal dirigido contra los bienes de origen o destino ilícito. Esta reforma fue polémica desde que comenzó a anunciarse.

En mayo de este año, GANA, FMLN y Arena la plantearon, pero solo los dos primeros partidos votaron en grupo para hacerla realidad el pasado 18 de julio. Arena tuvo la astucia de dejar que fueran otros los que se ensuciaran las manos, aunque el golpe a la Ley de Extinción de Dominio también beneficiará a reconocidos militantes suyos. Lo esperado es que toda reforma legal se haga para mejorar o fortalecer la ley. Pero este no es el caso. Todo parece indicar que la intención es blindar a cierto tipo de delincuentes.

Gracias a la reforma, el trato a los políticos que le roben al Estado será diferente al que se le da a pandilleros, narcotraficantes y miembros del crimen organizado. Por ejemplo, para los pandilleros, la prescripción de la extinción de dominio es de 30 años después de adquirido el bien, mientras que en el caso de los bienes obtenidos por delitos de cuello blanco será de solo 10. La Ley —aún vigente— permite la extinción de bienes sobre los que no se ha podido determinar origen lícito; con las reformas, aunque no se haya podido determinar origen legal, pasados 10 años, la extinción prescribe.

Por ahora, la Fiscalía puede enviar a archivo, por tiempo indefinido, los casos que no ha podido comprobar, y reactivarlos al tener más sustento probatorio. Con las reformas, los fiscales solo dispondrán de 12 meses para comprobar que los bienes son ilícitos. Luego de ese tiempo, los bienes quedarán en propiedad de los procesados, aunque no se hubiese comprobado su origen lícito. Además, la Ley solo podrá aplicarse a los funcionarios públicos que hayan sido vencidos en juicio civil por enriquecimiento ilícito; fuera de eso, quedan a salvo, a menos que sean acusados por delitos penales.

En realidad, la Ley de Extinción de Dominio, aprobada en 2013, no hizo ruido mientras se aplicó a pandilleros o narcotraficantes. La reforma fue planteada una vez que la normativa tocó a políticos. ¿A quiénes, entonces, beneficia el cambio? Los funcionarios que adquirieron bienes con los ilegales y antiéticos sobresueldos, los que robaron dinero destinado a obras de servicio social y los que desviaron fondos para beneficio personal o partidario quedarán exentos de la aplicación de la Ley pasados 10 años.

Produce también indignación la rapidez con que se consiguen votos para leyes de beneficio personal mientras legislaciones estratégicas para el bienestar de la población, como la Ley General del Agua, nunca han contado con los 43 votos necesarios. El innegable sesgo antiético de esta actuación de los diputados vuelve obligatorio el veto del Presidente de la República. Ya se verá si aún quedan defensores públicos de la decencia y de la igualdad ante la ley.

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Anónimo
21/07/2017
18:39 pm
Qué podemos esperar de ese recinto de ladrones y además con cerebro de camarón! Una frase de Pablo Neruda: \" El fuero para el gran ladròn, la cárcel para el que roba un pan\"
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