El régimen de excepción y las constantes violaciones a la Constitución y al Derecho internacional de los derechos humanos debe hacernos reflexionar como estudiantes y profesionales de las ciencias jurídicas sobre nuestro rol en el Estado de derecho en El Salvador. Desde 1948, la Declaración Universal de Derechos Humanos consagra los principios de igualdad ante la ley, presunción de inocencia, el derecho de toda persona a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, y el derecho de toda persona acusada de un delito a todas las garantías necesarias para su defensa. Por ello, es grave notar que desde el derecho se busque justificar el “margen de error” en las capturas arbitrarias de ciudadanos y ciudadanas, y que la regla general sea una constante violación a las garantías judiciales.
Duro es notar cómo, por ejemplo, los principios aprendidos en las aulas relativos al derecho penal y el derecho administrativo son utilizados para obstaculizar derechos fundamentales como la libertad personal, la libertad de expresión, el acceso a la información pública y la libertad de asociación, entre otros. O que sean instrumentalizados para fomentar las violaciones constitucionales a manos de entes estatales que rehúyen la transparencia y la rendición de cuentas.
En este contexto nacional, resulta muy importante traer a colación los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados, aprobados por el octavo congreso de las Naciones Unidas, y cuya aplicación debe ser una tarea diaria para quienes se dedican a esta profesión. En los Principios se establece, entre otros aspectos, que los gobiernos, las asociaciones profesionales de abogados y las instituciones de enseñanza deben inculcar la conciencia de los ideales y obligaciones éticas del abogado, y de los derechos humanos y libertades fundamentales reconocidos por el ordenamiento jurídico nacional e internacional. Asimismo, se debe promover programas para informar al público acerca de sus derechos y obligaciones, y sobre la importante función que desempeñan los abogados en la protección de las libertades fundamentales. Esto implica una especial atención a las personas en condiciones de vulnerabilidad.
Las y los abogados deben procurar la justicia y actuar en todo momento con libertad, diligencia y apego a las normas éticas que rigen nuestra profesión. Así como toda la ciudadanía, quienes ejercen la abogacía tienen derecho a la libertad de expresión, creencias, asociación y reunión. También tenemos el derecho a participar en el debate público de asuntos relativos a la legislación, la administración de justicia y la promoción y la protección de los derechos humanos, sin sufrir restricciones profesionales a raíz de dichas actividades.
En abril de 2022, el relator especial sobre la independencia de los magistrados y abogados enfatizó, en su informe sobre la protección de los abogados contra injerencias indebidas en el ejercicio libre e independiente de la profesión jurídica, que “las personas que ejercen la función de la abogacía cumplen una labor fundamental para la consolidación del Estado de derecho y la protección de los derechos humanos”. Asimismo, valoró como “imprescindible que las personas que ejercen y/o están llamadas a ejercer funciones propias de la abogacía tengan acceso a una formación continua y adecuada en materia de estándares internacionales y regionales sobre independencia judicial, derechos humanos y lucha contra la corrupción”.
Es grave el retroceso en materia de derechos humanos en El Salvador; la tarea para el profesional del derecho es aún más retadora cuando el panorama es sombrío. Sin embargo, debemos comprender que no hay democracia sin derechos fundamentales y, por ello, es que debemos seguir insistiendo en su protección, ya que estos permiten que las personas puedan desarrollarse libremente. Como ya se ha expresado, la lucha contra la corrupción enquistada en las diferentes instituciones de nuestro país jamás puede ser excusa para cometer arbitrariedades y violar la Constitución. Desde la academia, seguiremos apostando por la promoción de los derechos, con la convicción de que estos adquieren plena realidad cuando el poder está controlado y limitado.
* Sandra Santos, docente del Departamento de Ciencias Jurídicas.