El Director de la Policía Nacional Civil ha anunciado que priorizará la represión de la delincuencia sobre la prevención, según orden de la Presidencia de la República. Este anuncio, que ha sembrado inquietud en las diversas instancias preocupadas por los derechos humanos, debe ser sometido a debate; es indispensable reflexionar sobre lo que puede significar ordenar represión en una sociedad democrática. Para empezar, la ley orgánica de la PNC pone como principios básicos de la corporación la prevención de la violencia y el combate de la misma. Y a esa ley tiene que obedecer el Director, sin que ninguna autoridad pueda eximirlo del deber. La Constitución es muy clara cuando dice que la obligación de los funcionarios es cumplir y hacer cumplir la ley. En todo gobierno democrático, la ley es la autoridad civil fundamental y ningún funcionario puede ponerse por encima de ella.
Se podría argumentar que la palabra “combatir” equivale a “reprimir” en alguno de sus diversos significados. Es cierto. Pero en ningún momento implica contener, detener y castigar con violencia. Y ese es el significado más común asociado a “represión”. Nuestra Constitución (la autoridad civil suprema) permite el uso defensivo y proporcional de la fuerza. Aunque el uso de la fuerza implica en cierto modo violencia, no es lo mismo. La violencia tiende a ser ciega o desproporcionada. El uso de la fuerza debe darse siempre dentro de un marco legal y tener un carácter eminentemente defensivo y proporcional. Si agentes del Estado abusan de la fuerza, la ejercen desproporcionadamente, son responsables de una violencia criminal represiva y en ciertas circunstancias podrían ser acusados de crímenes de lesa humanidad. Hablar de reprimir a los criminales implica una ambigüedad peligrosa para el orden democrático, pues represión implica violencia y la violencia no es coherente con el Estado democrático ni con la ley salvadoreña.
A los gobernantes hay que medirlos con la vara de la ley. De unos años para acá, en el país se ha hecho costumbre ver a funcionarios encarcelados. Algunos se han salvado de condenas internacionales porque el Estado no está al día con la firma de convenios y protocolos de derechos humanos. Pero el futuro puede ser diferente. El Salvador es signatario del Estatuto de Roma. Si hubiera un plan organizado de represión violenta y arbitraria, podría llegar a hablarse de crímenes contra la humanidad. Y aunque el sistema judicial de El Salvador no lo viera así, podría haber jueces que lo entendieran de esa manera fuera de nuestras tierras. El uso desproporcionado y abusivo de la fuerza ha sido denunciado en los últimos años y ha sido reconocido por diversas instancias de derechos humanos. Si esto continuara, y si fuese acompañado de un discurso oficial favorable a la represión, que nadie se extrañe de futuras denuncias internacionales.
El crimen hay que combatirlo, sí, pero sin privilegiar el uso la fuerza, menos aún su abuso. Más bien debe priorizarse la investigación, la detención con pruebas y el respeto a la presunción de inocencia y el derecho a la defensa. El uso de la fuerza es una necesidad defensiva frente a la agresividad del crimen, no un paso inicial y arbitrario del Estado. Hablar de represión en vez de investigación, persecución y enjuiciamiento del delito es una muy mala forma de empezar e implica seguir apostando por el camino equivocado.