Rodolfo Parker renunció a la comisión ad hoc de la Asamblea Legislativa luego de que el arzobispo de San Salvador valorara negativamente el borrador que el diputado presentó para estudio. Monseñor Escobar Alas insistió, además, en que debe juzgarse a quienes en el conflicto armado perpetraron graves violaciones a derechos humanos; una opinión compartida plenamente por todos los que se preocupan con honestidad por las víctimas. Sin embargo, algunas personas y sectores continúan más preocupados por los verdugos, e insisten en el perdón y olvido. Generalmente, son de la vieja escuela, en la que se agasajaba al vencedor y se olvidaba al vencido, algo que se ha ido superando en el mundo desde el final de la Segunda Guerra Mundial y el descubrimiento de sus horrores. Por ello, es lamentable que algunos abogados insistan en ir en contra de los avances de la civilización y busquen desconocer las obligaciones del Estado expresadas en la Constitución y en tratados internacionales. El respaldo brindado a los autores de hechos de crueldad y el apego al dinero obtenido en un pasado oscuro nublan la claridad racional y legal que se debe tener ante situaciones humanas muy graves.
Aunque en este espacio es imposible exponer todas las condiciones de una ley de justicia transicional adecuada, es indispensable insistir en algunos aspectos. Cualquier ley de reconciliación que se redacte tiene que partir de las víctimas, las cuales para ser resarcidas necesitan verdad, justicia, reparación y medidas de no repetición. La verdad sin justicia elimina la responsabilidad del Estado de proteger plenamente la vida y los derechos de las personas. La reparación sin justicia se confunde con una especie de benevolencia más enfocada en silenciar reclamos que en reparar plenamente a quienes han sufrido terribles violencias. Sin justicia, las medidas de no repetición se convierten en papel mojado. La justicia penal, a la que tanto miedo tienen quienes ordenaron matar sin escrúpulos a niños, mujeres, ancianos, es indispensable si queremos partir de la prioridad de las víctimas. Ante graves violaciones a derechos básicos, una justicia sin penalidad real no sería más que una farsa y un nuevo atentado contra las víctimas.
Es evidente que el sistema debe dar todas las garantías de derecho a los acusados, pues no se trata de lograr venganza, sino justicia. Y en toda ley de justicia transicional que busca satisfacer a las víctimas e impulsar la reconciliación nacional es normal que, una vez impuesta la sentencia, haya medidas que suavizan las penas. La petición de perdón, la colaboración en el establecimiento de la verdad, la edad o la enfermedad pueden dar ocasión a la reducción de la pena, incluso a su conmutación. Pero la sentencia, con una penalidad clara y coherente con la gravedad de los crímenes, debe existir. La reducción de la pena que se pueda dar a los victimarios no es un favor especial, sino una posibilidad contemplada en el derecho penal, y con mayor razón debe estar incluida en un sistema de justicia transicional que busca la reconciliación.
Con frecuencia, las víctimas no quieren parecerse a los victimarios; en otras palabras, son moralmente superiores a ellos. Al respecto, es muy ilustrativo que a ninguna víctima en El Salvador, compatriotas a los que les mataron hijos o hermanos durante la guerra civil, se le ha ocurrido pedir la restauración de la pena de muerte para aplicársela a los victimarios. Casi siempre, las víctimas ofrecen el camino que lleva a la reconciliación. Y por lo mismo hay que tenerlas en cuenta, no despreciarlas con leyes que, desde la simpatía con los victimarios, buscan obligarlas a una especie de reconciliación que se salte la justicia.