Visiones contrapuestas

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Editorial UCA
30/08/2013

En medio de la espesa humareda que han levantado los amaños en el futbol, hay temas que se van abriendo paso en la agenda mediática por ser fundamentales para el país. Uno de ellos es el de la Ley General de Aguas, cuya discusión, de acuerdo a los medios informativos, se ha estancado en la Comisión de Medio Ambiente de la Asamblea Legislativa por el choque de opiniones sobre el anteproyecto presentado por el Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales. Los argumentos de los opositores a la ley, Arena y CN, que son los que han recibido gran cobertura, apuntan a que la Comisión ha hecho oídos sordos a las numerosas observaciones de la sociedad civil. Y acusan al Ministerio de querer hacerse con el control total del agua sin tener capacidad para ello, dejando, además, sin participación efectiva y decisoria a los sectores interesados y afectados por el anteproyecto. Por eso, Arena y CN apoyan la propuesta de ley presentada por la Asociación Nacional de Regantes que, de acuerdo al Foro del Agua, fue elaborada por abogados de Fusades y que, gracias a la revelación del diputado arenero Vicente Menjívar, se sabe que es respaldada por la Mesa del Agua, ANEP y Camagro, entre otros.

Lo que se ve y lo que se publica son estas posturas encontradas que giran en torno al anteproyecto de ley. Pero de fondo hay una diferencia conceptual sobre el agua.

Básicamente, el agua se puede entender de dos maneras: como bien público o como un bien económico, es decir, como fuente de vida o como fuente de rentabilidad. Asumirla como bien público obliga a considerarla un patrimonio de la humanidad, que debe ser gestionada bajo criterios de solidaridad, cooperación mutua, acceso colectivo, equidad, control democrático y sostenibilidad. En 2010, la Asamblea General de las Naciones Unidas reconoció que el derecho humano al agua es indispensable para vivir dignamente y es condición para la realización de otros derechos humanos. Y el Consejo de Derechos Humanos, que este derecho tiene vinculación legal para los Estados. En síntesis, quedó establecido que el derecho al agua es el derecho a la vida.

Por el contrario, si se considera el agua como un bien económico, se corre el riesgo de reducirla a una fuente de ganancias, una mercancía más. Diversas experiencias en el mundo, incluidas algunas cercanas, han demostrado los inconvenientes de privatizar el agua. De acuerdo a especialistas, cuando el servicio se deja en manos de iniciativas privadas, es frecuente la corrupción, hay incumplimiento de los compromisos de ampliar la cobertura, se incrementan las tarifas y se margina del acceso a los sectores más vulnerables, esos que no pueden pagar los servicios. En resumen, ha quedado demostrado que ceder la operación de los servicios de agua al sector privado no garantiza el derecho humano al agua en la medida que los criterios de su actuación son estrictamente económicos.

Frente a la lógica del mercado, los movimientos y organizaciones de la sociedad civil reivindican el reconocimiento del acceso al agua y su saneamiento como un derecho humano básico, cuya satisfacción debe gestionarse como un servicio público. Eso implica asumir el agua como bien común y la inalienabilidad del recurso, así como el control social para su aprovechamiento y manejo. Estos principios son incompatibles con la lógica mercantil, que está, por su propia naturaleza, repleta de expectativas cortoplacistas de lucro y beneficios privados. Ciertamente, el derecho al agua tiene una dimensión económica en los procesos de captación, tratamiento, distribución, uso y conservación, pero nunca bajo el criterio de la rentabilidad, de la obtención de ganancias a costa de la necesidad de la población.

Si el desacuerdo en la Asamblea Legislativa es de forma, debe haber una manera de entenderse. Si el Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales no tiene la capacidad y/o los recursos para desempeñar la tarea que le otorga la ley, hay que diseñar otra fórmula de institucionalidad que pueda hacerlo. Si lo que falta es aclarar funciones y atribuciones, entonces deben definirse cuanto antes. De fondo, lo que hay que garantizar en la ley que se apruebe es que se reconozca al agua como un derecho humano, se ejecute el papel vinculante del Estado para que el acceso sea universal, se propicie la participación de los diversos sectores involucrados en la nueva institucionalidad del agua y se evite que el agua se convierta en una mercancía. Si hay consenso en estos puntos, la ley que se apruebe será de beneficio para el pueblo salvadoreño.

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Anónimo
30/08/2013
17:26 pm
En la Ley General de Aguas lo que hay que evitar son las privatizaciones. Es lo que quieren FUSADES, ANEP, ARENA, PCS, y no quiero pensar que es lo que ahora apoya la UCA. No se trata de una manera de entenderse para permitir la privatización de estos servicios. Simplemente una discusión como tal estaría fuera de orden.
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