¿Se puede llevar a juicio a graves violadores de derechos humanos?

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Margarita Moreno
01/12/2016

La declaración de institucionalidad de la ley de amnistía abrió la puerta para que las víctimas de crímenes de lesa humanidad cometidos durante la guerra civil accedan a la justicia y obtengan la debida reparación. Para entender los alcances y reflexionar sobre los retos que implica este fallo en materia de derechos humanos, el 17 de noviembre, en el marco del XXVII aniversario de los mártires de la UCA, la Cátedra de Realidad Nacional se dedicó al tema, y llevó por título “La sentencia de inconstitucionalidad de la ley de amnistía. ¿Se puede superar el miedo al poder de las armas?, ¿se puede llevar a juicio a graves violadores de derechos humanos?”.

En la actividad, moderada por el P. José María Tojeira, director del Idhuca, participaron Sidney Blanco, magistrado de la Sala de lo Constitucional; y Claudia Paz y Paz, ex fiscal general de Guatemala, que encabezó el trabajo del Ministerio Público para llevar a juicio al expresidente Efraín Ríos Montt y lograr su condena por el genocidio de 1,771 indígenas maya-ixil durante el conflicto armado guatemalteco.

Blanco centró su intervención en el análisis de la sentencia de inconstitucionalidad de la ley de amnistía. Aseguró que con este fallo se desmantelan los argumentos de quienes, durante décadas, han sostenido que la amnistía era un presupuesto para los Acuerdos de Paz, cuando en realidad nunca se planteó como condición para el cese de la guerra. Entre las razones de la Sala para su sentencia, el magistrado destacó el carácter amplio y absoluto de la amnistía, que desconoció los derechos fundamentales de las víctimas; la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad; y la imposibilidad material de las víctimas de buscar justicia durante la guerra.

A partir de esta sentencia, el jurista explicó que el Estado, entre otras acciones, debe formular y aprobar una ley que facilite la obtención de información sobre los crímenes del conflicto armado que requieran investigación; proveer un presupuesto suficiente para reparar a las víctimas; y adoptar medidas de reparación integral, tomando en cuenta la sentencia y los parámetros de la justicia transicional. Blanco aseguró que la Sala está consciente de que el fallo “no resuelve por sí mismo el problema”, pero “la expulsión de la ley de amnistía del ordenamiento jurídico da la posibilidad de un verdadero diálogo sincero hacia la paz”.

En Guatemala, se ha avanzado en ofrecer reparación y justicia a las víctimas desde el sistema judicial. Para conocer esta experiencia, Claudia Paz y Paz inició su intervención detallando una serie de decisiones que el Estado guatemalteco tomó y que fueron importantes para que casos como el genocidio del pueblo maya-ixil llegara a las cortes.

En primer lugar, destacó el apoyo y acompañamiento de la Comisión Internacional contra la Impunidad de Guatemala para nombrar a nuevos funcionarios en instituciones clave. Una acción que “fue fundamental para generar una sinergia importante” entre las instancias de justicia y lograr avances en casos de corrupción, crimen organizado y violaciones a derechos humanos. Y, en segundo lugar, señaló una serie de sentencias que agilizaron los procesos en los tribunales, como la que dictaminó que los planes de operativos militares no eran secreto de Estado. A partir de allí, aseguró la exfiscal, la búsqueda de verdad por parte de las víctimas encontró eco en un grupo de funcionarios que tenían “la voluntad política necesaria para que estos casos avanzaran”.

En ese contexto inició la investigación de los crímenes cometidos por el Ejército guatemalteco contra el pueblo maya-ixil, a partir de la cual se obtuvieron pruebas que confirmaron el genocidio: exhumaciones que arrojan evidencia forense de ejecuciones y torturas; registro de 1,771 víctimas con nombres y apellidos; peritajes que demuestran que la población era civil, no combatiente; y planes militares que confirmaron que los operativos contra la comunidad indígena fueron planificados.

Con estas pruebas, Efraín Ríos Montt, expresidente de facto y comandante de las Fuerzas Armadas de Guatemala, fue llevado a juicio. En la audiencia, explicó Paz y Paz, se presentaron más de cien testigos. Pero los testimonios más fuertes y decisivos fueron los de un grupo de mujeres maya-ixil, víctimas de abuso sexual. “Luego de que ellas declararon se rompió el cerco mediático que había en el caso. A partir de ahí, la discusión sobre lo que pasaba en la audiencia fue mayor”, contó la exfiscal. Ríos Montt fue declarado culpable de genocidio y condenado a ochenta años de prisión. Posteriormente, la Corte Suprema de Justicia de Guatemala anuló el juicio y ordenó realizar uno nuevo.

Sin embargo, luego de la audiencia y la sentencia, de acuerdo a Paz y Paz, “se rompió la idea de que existían intocables en el país”, pues “era inimaginable que este exjefe de Estado enfrentara a las víctimas, y que se le enfrentara con verdad y justicia”. A su juicio, la sentencia trasciende el ámbito legal, ya que “tuvo un inmenso efecto reparador para las víctimas y les restableció una ciudadanía que durante décadas se les había negado”.

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