Ante el proceso de elección del procurador para la Defensa de los Derechos Humanos

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Pronunciamiento UCA
26/09/2019

Ante el proceso de elección del procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas expresa

  • su profunda preocupación por el retraso de la Asamblea Legislativa en llevar a buen término la tarea. Esta situación afecta claramente el normal funcionamiento de la institución garante de los derechos humanos en El Salvador y deja desprotegida a la población en una coyuntura que exige la decidida actuación de la Procuraduría y su titular.
  • Su desaprobación a la forma en que la Comisión Política de la Asamblea Legislativa, a través de una subcomisión, verificó la aptitud de los aspirantes al cargo, pues en ningún momento estableció una metodología clara ni unos criterios objetivos de evaluación de los candidatos. En este sentido, los diputados no cumplieron con su obligación constitucional de seleccionar el perfil más idóneo para ocupar el cargo.
  • Un rotundo rechazo a las declaraciones del presidente de la Asamblea Legislativa, Norman Quijano, quien expresó ante los medios de comunicación que su partido quiere a un procurador o procuradora que sea provida, que se oponga a los matrimonios del mismo sexo y que no quiera ver en la cárcel a los autores materiales o intelectuales de crímenes de lesa humanidad y de guerra. Estas declaraciones muestran que la tradición de elegir funcionarios a la medida de los intereses de partidos y grupos de poder sigue anteponiéndose a los parámetros universales de los derechos humanos. Un procurador con las características enumeradas por Quijano vulneraría los derechos de grupos históricamente desprotegidos, como las mujeres, la población LGBTI y las víctimas del conflicto armado.

Por lo anterior, la UCA exige a la Asamblea Legislativa que

  • respete plenamente la jurisprudencia constitucional relativa al proceso de elección de funcionarios de segundo grado (en este caso, del procurador para la Defensa de los Derechos Humanos), documentando como corresponde el proceso de elección y nombrando a la persona más idónea para ocupar el cargo.
  • Se elija al procurador con base en los Principios de París (adoptados en la resolución 48/134 de la Asamblea General de Naciones Unidas), relativos al estatuto y funcionamiento de las instituciones nacionales de protección y promoción de los derechos humanos. Ello para que la persona que ejerza el cargo responda adecuada y democráticamente a las exigencias que se demanda de un procurador, sin exclusiones ni privilegios, conforme a lo esperado desde los Acuerdos de Paz.

 

Antiguo Cuscatlán, 27 de septiembre de 2019

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