¿Pensiones como derecho universal?

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Continúa el tema de las pensiones. Un derecho universal, que hoy cubre solo a un 20% de la población en edad de gozarlo, tiene al país encadenado a una crisis de deuda casi permanente. Se busca un respiro, arreglar la situación por unos cuantos años más. Entre diez y quince años de respiro tal vez. Pero nadie hace el esfuerzo de pensar, hablar y calcular las posibilidades de una pensión universalizada para todos y todas las salvadoreñas que lleguen a edad de retiro. Cómo lograr que la mayoría de los salvadoreños tengan pensiones contributivas, no está estudiado. Tampoco cómo añadir una serie de pensiones no contributivas, necesarias mientras el tema de la justicia social y el respeto a la igual dignidad de la persona esté en la Constitución. Los derechos, por supuesto reales, del 20% de los salvadoreños ocultan los del 80%. Solo de ese 20% se habla en los periódicos y en los debates televisivos; solo en torno a ellos se pelean los políticos. Los pobres y vulnerables, los trabajadores informales, las trabajadoras del hogar, los campesinos y campesinas, las madres de familia ocupadas en el trabajo de su casas no existen en los cálculos, reflexiones y debates de quienes discuten el tema de pensiones. ¿Tiene esta situación algo que ver con los derechos de los salvadoreños o incluso con los derechos humanos en general?

Si tuviéramos que fundamentar en la Constitución el derecho a la pensión universal, podríamos recordar los siguientes textos: “El Salvador reconoce a la persona humana como el origen y el fin de la actividad del Estado (...) en consecuencia es obligación del Estado asegurar a los habitantes de la República el goce de la libertad, la salud, la cultura, el bienestar económico y la justicia social” (Art. 1). “Toda persona tiene derecho a la vida (...) a la seguridad, al trabajo, a la propiedad y posesión y a ser protegida en la conservación y defensa de los mismos” (Art. 2). “Todas las personas son iguales ante la ley” (Art. 3). “Nadie puede ser obligado a realizar trabajos (...) sin justa retribución” (Art. 9). “La familia es la base fundamental de la sociedad y tendrá la protección del Estado” (Art. 32). “La ley establecerá los procedimientos para uniformar las condiciones de trabajo en las diferentes actividades económicas” (Art. 39). “Los trabajadores agrícolas y domésticos tienen derecho a protección en materia de salarios (...) seguridad social (...) y, en general, a las prestaciones sociales” (Art. 45). “La seguridad social constituye un servicio público de carácter obligatorio” (Art. 50).

No faltará entre quienes lean estas líneas el que diga que en los artículos citados no se menciona directamente el derecho a pensión universal. Pero si todos somos iguales en dignidad y ante la ley, no tiene sentido que nos separen entre pensionados y no pensionados; entre educados con calidad o excluidos de la educación, o incluidos en una educación claramente deficiente; entre enfermos que van a la red del Ministerio de Salud Pública y enfermos que van al Seguro Social. En general, los artículos que hemos mencionado señalan la universalidad de derechos fundamentales. Si la familia debe tener protección del Estado, es lógico que también la tengan los ancianos del grupo. Si los campesinos y las trabajadoras del hogar tienen derecho a prestaciones sociales, ¿cómo es posible que se les excluya del derecho a una jubilación decente?

Es cierto que algunos de los derechos señalados en la Constitución añaden que la ley secundaria los concretará. Pero es incalificable, como trampa constitucional, que la ley secundaria niegue la línea clara de la Constitución que establece derechos económicos y sociales universales y de igual calidad. ¿Es mala nuestra Constitución? En absoluto. Tal vez insuficiente a la hora de señalar con claridad algunos derechos fundamentales. Lo malo, más bien pésimo, ha sido la incapacidad del liderazgo económico y político salvadoreño a la hora de responder con fidelidad a la vocación universalista de nuestra Constitución.

La Declaración Universal de Derechos Humanos establece “el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana”. Las separaciones de derechos no deben tener lugar (20% sí, 80% no). El preámbulo de la Declaración insiste en el reconocimiento y aplicación universal y efectiva de los derechos consagrados en el texto, firmado por todos los países que pertenecen a la ONU. Se insiste en que toda persona tiene derecho “a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia” (Art. 25). A partir de este artículo, la OIT ha desarrollado toda una serie de convenios, algunos de los cuales hemos ratificado. También somos signatarios del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en cuyo artículo 9 se establece el derecho de toda persona a la seguridad social e, incluso, en concreto, al seguro social. Pero una cosa parece ser lo que se firma y otra el modo de caminar concreto de El Salvador respecto a derechos reconocidos como universales.

Esta situación de marcada desigualdad en una buena cantidad de derechos fundamentales debe cambiar. Unos derechos, como el educativo, están marcados por la exclusión de muchos en algunas etapas y la desigualdad en calidad. El derecho a la salud se brinda también, a nivel público, con un marcado sesgo de desigualdad en la calidad de los servicios. En las pensiones, aparte de la profunda desigualdad entre las mismas, la exclusión es lo que domina. Y con el agravante de haber cargado el sistema con una serie de megapensiones mientras la mayoría no recibe nada. Probablemente los cambios inclusivos tendrán que ser parte de un proceso que llevará algún tiempo. Pero lo que resulta intolerable es la exclusión absoluta de la mayoría de los ancianos en el sistema de pensiones y la tranquilidad con la que asumimos pensiones de hambre para un enorme número de jubilados. Introducir en el debate a los excluidos, empobrecidos y olvidados, mayoría ciudadana, es deber de humanidad y de coherencia con nuestras propias leyes.

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Anónimo
03/10/2017
17:41 pm
Totalmente de acuerdo, solo quiero agregar que el mayor pecado que puede cometer un Cristiano es: no ser sensible al dolor y sufrimiento de los demas.
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