Hace algo más de 25 años la ONU aprobó en su Asamblea General declarar el 26 de junio de cada año como Día Internacional en Apoyo de las Víctimas de la Tortura. Pese a que es considerada como un crimen de lesa humanidad, su práctica, lejos de desaparecer, se extiende. De hecho, la ONU manifestó recientemente que “las preocupaciones sobre la protección de la seguridad nacional y las fronteras se utilizan cada vez más para permitir la tortura u otras formas de trato cruel, degradante o inhumano”. Son diarias las noticias sobre el abuso que los migrantes sin papeles reciben en los centros de detención tanto en los países de destino como en los de tránsito. Y no son pocos los planes y proyectos contra el terrorismo que se han utilizado para silenciar las críticas y reclamos de la sociedad civil ante la violación de derechos humanos.
En El Salvador, la tortura está prohibida por la Constitución y penalizada en la ley secundaria. Además, el país ha ratificado la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Sin embargo, nadie ignora que en las bartolinas y las cárceles abundan los tratos crueles y degradantes. La sanción por la imposición de “penas infamantes”, prohibidas en la Constitución junto con “toda especie de tormento”, no está adecuadamente desarrollada en la ley secundaria. Infamante es que se presente públicamente como culpables a personas que gozan de la presunción de inocencia, también garantizada por la Constitución. Generalmente, quienes infligen malos tratos suelen escudarse en el argumento, presente en la convención contra la tortura, que dice que “no se consideran tortura las penas o sufrimientos físicos o mentales que sean consecuencia de medidas legales o inherentes a estas”. Sin embargo, en ninguna parte de la legislación salvadoreña se ordena presentar a los acusados de un delito de una forma degradante o sufriendo un real maltrato.
Cuando estuvieron en el poder, ni Arena ni el FMLN impulsaron la aprobación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Tampoco Nuevas Ideas se ha preocupado por ello. El Protocolo ofrece la posibilidad de luchar contra la tortura y el maltrato a los detenidos, hayan sido sentenciados o no. La Convención, ratificada por El Salvador y, por tanto, ley vigente en nuestro país incluso por encima de la ley secundaria, define la tortura con mucha claridad: actos que producen gran sufrimiento físico o mental, ejecutados por un funcionario público con la intención de castigar. Difícilmente se puede estar en desacuerdo con que exhibir públicamente en una posición humillante a una persona inocente le crea a esta un grave sufrimiento. Y es ese un caso claro de delito de tortura. Aunque la cultura de violencia que existe en el país avale la imposición de ese tipo de sufrimiento, el más elemental sentido de humanidad y de sensibilidad cristiana dice otra cosa. Ratificar el Protocolo ayudaría a prevenir acusaciones e incluso descalificaciones internacionales, pues previene la tortura y ayuda a definirla. Ojalá la Asamblea Legislativa recuerde la existencia del Protocolo y decida ratificarlo. Mientras no lo haga, se continuará desconfiando de la vigencia del Estado de derecho en El Salvador.